El art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece la obligación de las Personas a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento de Jérica para la realización de cualquier trámite administrativo.
En su Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, dice:
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Por todo lo anterior, no se podrán registrars facturas presentadas en formato papel y se procederá a su devolución y no producirá ningún efecto jurídico, por lo que se deberán aportar según el caso:
1.- Factura con importe inferior a 5.000 €
En la sede electrónica del Ayuntamiento de Jérica (jerica.sedelectronica.es). En el grupo de iconos de "Servicios Electrónicos" seleccionar "Factura electrónica" y buscar y seleccionar "Envíe su factura en PDF". Acceder con certificado digital y rellenar los campos que sean requeridos, el resto no es necesario. En el paso 4 podrá adjuntar la factura en PDF.
2.- Factura con importe igual o superior a 5.000 €
Compareciendo electrónicamente en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACE)
Para dar de alta el Ayuntamiento de Jérica como Receptor, tanto el Organo Gestor, la Unidad Tramitadora y la Oficina Contable tienen como DIR3 "L01120712 Ayuntamiento de Jérica"
Para cualquier duda o aclaración pueden dirigirse a:
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono 964129177